Tienen la condición de Gran Empresa, las Compañías cuyo volumen de operaciones, calculado según lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley del IVA, hubiese excedido durante el año natural inmediato anterior el importe de 6.010.121,04 euros.
Las Compañías que al cierre del ejercicio fiscal hayan superado el citado importe, deberán comunicarlo a la Administración tributaria mediante la presentación de una Declaración Censal (modelo 036), indicando que adquieren la condición de Gran Empresa.
Dicha declaración se debe presentar en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya producido los hechos que determinan su presentación. Para una empresa cuyo ejercicio fiscal coincide con el año natural será durante el mes de enero indicando como fecha de adquisición de la condición de Gran Empresa el día 1 de enero.
Adquirir la condición de Gran Empresa comporta:
- Periodos de liquidación del IVA y Retenciones pasarán a ser mensuales.
- Forma de determinación de los pagos fraccionados a cuenta del IS por base.
- Inclusión en el Sistema SII (Suministro Inmediato de Información).
Fuente: AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresas/grandes-empresas.html)