De acuerdo con la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, las fiestas laborales serán las siguientes:
- 1 de enero, Año Nuevo
- 6 de enero, Reyes
- 18 de abril, Viernes Santo
- 21 de abril, Lunes de Pascua – Pascua Florida
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
- 24 de junio, San Juan
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen
- 11 de septiembre, Diada Nacional de Cataluña
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
- 1 de noviembre, Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre, Navidad
- 26 de diciembre, San Esteban
Además, los ayuntamientos podrán añadir hasta dos fiestas locales de acuerdo con sus propias tradiciones, que también serán de carácter retribuido y no recuperable.
FUENTE: Ministerio de Trabajo y Economía Social. https://www.boe.es/eli/es/res/2024/10/15/(1)