De acuerdo con la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, las fiestas laborales serán las siguientes:

  • 1 de enero, Año Nuevo
  • 6 de enero, Reyes
  • 18 de abril, Viernes Santo
  • 21 de abril, Lunes de Pascua – Pascua Florida
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
  • 24 de junio, San Juan
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen
  • 11 de septiembre, Diada Nacional de Cataluña
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre, Todos los Santos
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre, Navidad
  • 26 de diciembre, San Esteban

Además, los ayuntamientos podrán añadir hasta dos fiestas locales de acuerdo con sus propias tradiciones, que también serán de carácter retribuido y no recuperable.

FUENTE: Ministerio de Trabajo y Economía Social. https://www.boe.es/eli/es/res/2024/10/15/(1)