En pocos días estamos a 22 de diciembre, día del sorteo de la Lotería de Navidad. Este sorteo tiene asociados varios premios monetarios, y los afortunados deberán saber que, en función del importe del premio recibido, el organismo pagador (la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado), le practicará una retención (importe que no cobrará el afortunado, sino que el Organismo pagador lo ingresará directamente en Hacienda).
No obstante, los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros estarán exentos, mientras que aquellos cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros tributarán al 20% respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
Por ejemplo, el afortunado con el gordo de Navidad, que lleva asociado un premio en metálico de 400.000 euros, tributará al 20%, pero solo sobre 360.000 euros, ya que los 40.000 euros están exentos de tributación. Esto implica que el Organismo pagador hará una retención de 72.000 euros (que ingresará en Hacienda) y al afortunado le pagará 328.000 euros.
FUENTE: AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Premios_sorteo_loteria_de_Navidad.html)